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Walter Martos, ministro de Defensa, manifestó que se ha autorizado el uso del vehículo particular para abastecimiento de alimentos, medicinas y servicios financieros en el distrito de residencia y podrá hacer solo portando su DNI hasta que se estrene el portal web oficial. Todo ello en el marco de la extensión del Estado de Emergencia que rige desde el 25 de mayo hasta el 30 de junio.
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Según el artículo ocho del Decreto Supremo N° 094-2020-PCM, las personas podrán usar sus vehículos solo. exclusivamente, para abastecimiento de alimentos, medicinas y servicios financieros dentro del distrito de convivencia. Asimismo, se informó que por el momento se utilizará el documento de identidad nacional hasta que se habilite la plataforma web oficial.
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