Los afiliados al sistema privado de pensiones están a la espera de la publicación de la SBS con el procedimiento que deberán seguir para acceder a las 4 UIT de sus fondos de pensiones. ¿Cuándo será publicado? AQUÍ los detalles.
Los afiliados al sistema privado de pensiones están a la espera de la publicación de la SBS con el procedimiento que deberán seguir para acceder a las 4 UIT de sus fondos de pensiones. ¿Cuándo será publicado? AQUÍ los detalles.

Tras la aprobación por insistencia del dictamen que autoriza en forma extraordinaria el de los aportes pensionarios de las Administradoras de Fondos de Pensión (AFP), los afiliados al sistema privado están a la espera de la publicación del cronograma y el proceso para acceder al beneficio.

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Cabe mencionar que, antes de la aprobación, la norma había sido observada por el por considerar que era inconstitucional. No obstante, el Congreso decidió insistir con permitir el para aliviar la economía familiar afectada por el coronavirus. La norma fue aprobada con 109 votos a favor, cero en contra y 3 abstenciones.

Asimismo, la Ley Nº 31192 fue publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano el pasado viernes 7 de mayo; por lo tanto, el siguiente paso será determinar el procedimiento operativo para el cumplimiento de esta. En esa línea, muchos se preguntan cuándo conocerán la fecha exacta para acceder al retiro de hasta 17,600 soles de sus aportes pensionarios. AQUÍ los detalles.

Según la Ley Nº 31192, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, dicho retiro permitirá aliviar la economía familiar afectada, por las consecuencias de la pandemia del COVID-19. (Foto: Lino Chipana / GEC)
Según la Ley Nº 31192, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, dicho retiro permitirá aliviar la economía familiar afectada, por las consecuencias de la pandemia del COVID-19. (Foto: Lino Chipana / GEC)

CÓMO SERÁ EL RETIRO DE HASTA 4 UIT

Una vez que se publique el cronograma y el procedimiento de retiro de los fondos de pensiones, los afiliados podrán presentar su solicitud de forma remota, virtual o presencial, y por única vez, dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley.

  • La AFP abonará hasta una 1 UIT (4 300 soles) cada 30 días calendario. Vale decir que el primer desembolso se realizará a los 30 días de presentada la solicitud, y a los 30 días siguientes el segundo desembolso. En tanto, el resto de recursos será entregado en el tercer depósito.

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