A partir del incremento de números de contagiados con COVID-19 en Perú y la aglomeración de personas en zonas comerciales por las fiestas de fin de año, el horario de inmovilización social en el país tuvo que ser modificado. Así lo decretó el Gobierno.
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A través de la ministra de Salud, Pilar Mazzetti, el Gobierno dispuso que se amplie el horario de la inmovilización social obligatoria (Toque de queda) por una hora. De tal manera que el horario del Toque de queda regirá en Lima Metropolitana y el Callao desde las 11 p.m. hasta las 4 a.m.
Mazzetti explicó que esta medida estará vigente hasta el 4 de enero. Asimismo, agregó que esta medida se ampliará de 10 p.m. a 4 a.m. en las regiones de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y la provincia del Santa en Ancash debido al aumento de los contagios del COVID-19 y la respuesta hospitalaria de cada región.
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En otro momento, el Gobierno anunció que debido a que la curva de contagios por COVID-19 está creciendo en nuestro país y ante la llegada de Navidad y el Año Nuevo se restringirá la circulación del transporte privado el 24 y 25 diciembre, así como el 31 de diciembre y el 1 enero de 2021.
¿QUIÉNES PUEDEN DESPLAZARSE DURANTE EL TOQUE DE QUEDA?
Durante la inmovilización social obligatoria está permitida la circulación de personal estrictamente necesario que participa en la prestación de servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros y servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery).
Asimismo, el decreto indica que están exentos del toque de queda las personas que laboran en servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías, actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas y transporte de caudales.
La norma sí se permite el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y para la adquisición de medicamentos.
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PERMISO PARA TRANSITAR EL 24, 25, 31 DE DICIEMBRE Y 1 DE ENERO
Las personas que tengan que laborar los días 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero deberán realizar el trámite de un pase especial para poder circular durante estas fechas, la misma que deberá ser mostrado a los agentes de la Policía Nacional del Perú o a algún miembro de las Fuerzas Armadas, en caso sea requerido. Estos documentos serán incluidos con los permisos por el uso de vehículos.
“De tal manera que la persona cuando salga pueda tener la posibilidad, si es que hay un efectivo policial o de las Fuerzas Armadas vigilando en ese momento, de que le muestre el pase y se pueda verificar en el celular si la persona pertenece a estos grupos que tienen que hacer cosas significativas para la continuidad del funcionamiento del país, incluye en algunos casos sus vehículos”, aseveró Pilar Mazzetti.