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Violeta Bermúdez sobre Ana Estrada: Fallo reconoce el derecho a la vida y a la muerte digna

La presidenta del Consejo de Ministros saludó la decisión del Poder Judicial, el cual ordenó al Minsa y a Essalud respetar la decisión de Ana Estrada Ugarte.
La premier participó de la donación en el distrito de Independencia. (Fotos: Francisco Neyra/ @photo.gec)

Actualizado el 28/02/2021, 10:16 a.m.

La presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, consideró histórico el fallo que otorga el derecho a la ciudadana Ana Estrada de poder acabar con su vida mediante la eutanasia, debido a que padece de una enfermedad degenerativa irreversible. Aseveró que esta decisión del Poder Judicial permite abrir nuevos debates sobre las libertades de las personas.

“Sobre el caso de Ana Estrada, yo he dado una opinión personal, me parece que el fallo que la autoriza a recurrir a la eutanasia es histórico, que reconoce el derecho a la vida digna y también a la muerte digna, vamos a ver cómo se tornan los acontecimientos en el futuro, pero me parece que esto también abre la posibilidad de un debate sobre temas sustanciales relacionados a los derechos de las personas”, manifestó a la prensa.

Las declaraciones de Bermúdez se dieron durante la donación de bienes del Proyecto Especial Legado al Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (Inabif) para equipar los centros de protección y de refugio temporal durante la emergencia sanitaria.

Junto a Bermúdez estuvo la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Silvia Loli, y el director ejecutivo del Proyecto Especial Legado, Alberto Valenzuela.

Violeta Bermúdez sobre Ana Estrada: Fallo reconoce el derecho a la vida y a la muerte digna

El último jueves el Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó al Ministerio de Salud y a Essalud respetar la decisión de Ana Estrada Ugarte de poner fin a su vida mediante el procedimiento técnico de la eutanasia, con la acción de un médico que suministre de manera directa (oral o intravenosa) un fármaco u otra intervención médica destinada a tal fin.

En esa línea, el tribunal dispone que se inaplique el artículo 112° del Código Penal vigente, para el caso Ana Estrada; razón por la cual quienes la asistan en su decisión no serán procesados siempre que se practiquen de manera institucional y sujeta al control de su legalidad y en el tiempo y oportunidad en que lo especifique, en tanto ella no puede hacerlo por sí misma.

El caso

Ana Estrada fue detectada con una enfermedad degenerativa llamada polimiositis a los 12 años. Aún así pudo estudiar Psicología y trabajar hasta que esta condición le quitó esas posibilidades. Actualmente, apenas puede moverse, pues se encuentra en un estado de dependencia muy alta, 20 horas al día postrada en cama.

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