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Funcionario del Minsa invitó a 33 personas ajenas al estudio a recibir vacuna de Sinopharm

De ese total, 30 coinciden con la información enviada por la Universidad Peruana Cayetano Heredia. Las restantes no figuran en ninguna lista.
Según informe final de comisión investigadora, 33 personas ajenas al estudio fueron invitadas a recibir la vacuna contra el COVID-19 de Sinopharm. (Foto: Joel Alonzo / GEC)

Redacción El Bocón

Actualizado el 25/02/2021, 08:27 p.m.

La comisión investigadora del Ministerio de Salud (Minsa) reveló que Carlos Castillo Solorzano, asesor de Inmunización de dicho portafolio, invitó a 33 personas ajenas al estudio a recibir la vacuna contra el COVID-19 del laboratorio chino Sinopharm.

En el informe final del caso ‘Vacunagate’, dicho grupo de trabajo considera “relevante dejar constancia” que se le solicitó a Castillo Solórzano una lista de las personas a quienes invitó a recibir la vacuna candidata, que contiene un total de 33 personas.

“De dicho total, treinta (30) personas coinciden con la información remitida por la Universidad Peruana Cayetano Heredia los días 15, 17 y 23 de febrero. Las otras tres (03) personas restantes no figuran en ninguna de estas listas remitidas por la Universidad Peruana Cayetano Heredia, sino solo en la lista remitida por el Dr. Castillo Solórzano”, dice el documento.

Según la comisión, de las 3 personas invitadas, únicamente asistió a la entrevista una, quien señaló no saber por qué su nombre aparece en una lista cuando nunca ha sido inoculado con la vacuna candidata.

“Cabe destacar que, en relación a las otras dos (02) personas, los datos proporcionados por el Dr. Castillo, respecto a su dependencia laboral, fueron erróneos, lo que dificultó su localización”, precisó el grupo investigador.

La comisión también concluyó que los investigadores de la Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH) no debieron incluir en el protocolo que se vacunaría “al equipo de investigación y personal relacionado al estudio”.

Refirió que según la normativa aprobada durante la emergencia sanitaria por el COVID-19, no se puede aplicar productos en investigación fuera del ensayo clínico.

Del mismo modo, concluyó que el Comité Nacional Transitorio de Ética en Investigación (CNTEI) del Instituto Nacional de Salud (INS) no debió aprobar el Protocolo con el texto “al equipo de investigación y personal relacionado” ni las cantidades de insumos ahí solicitadas.

“Por ende, la Comisión concluye que el Instituto Nacional de Salud (INS) no debió autorizar un Protocolo que incluye 3,200 dosis adicionales a las necesarias para administrar el producto en investigación a los voluntarios del estudio y tampoco un texto ajeno a lo permitido por el Reglamento de Ensayos Clínicos”, acotó.

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