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Vacunación COVID-19: los pagos aprobados para brigadas y equipos de coordinación

Para asegurar inmunización. El decreto de urgencia establece los montos de prestaciones adicionales para los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre.
Ejecutivo dicta medidas extraordinarias para asegurar brigadas de vacunación contra el COVID-19 en el país. (Foto: GEC)

Redacción El Bocón

Actualizado el 18/09/2021, 10:23 a.m.

El Ejecutivo destinó S/95 millones 954 mil 770 al Ministerio de Salud (Minsa) y de las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales para financiar la entrega económica por prestaciones adicionales para la vacunación contra el COVID-19.

A través del Decreto de Urgencia 089-2021, publicado hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, tiene por objetivo incrementar la capacidad de respuesta de los centros de vacunación ante una posible tercera ola por coronavirus.

En el artículo 2, el dispositivo legal autoriza el pago excepcional al personal de salud y administrativo por las prestaciones adicionales realizadas en los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del presente año, indistintamente de su régimen laboral.

No obstante, aclara que la entrega económica por prestaciones adicionales no tiene carácter remunerativo, ni pensionable, no es base de cálculo para beneficios sociales y está sujeta al impuesto a la renta.

Asimismo, señala que el Minsa, a través de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, será el responsable del monitoreo, seguimiento y verificación del cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron transferidos los recursos.

Tabla de remuneraciones

En su artículo 3, la norma establece los montos de la entrega económica por prestaciones adicionales para la vacunación contra el COVID-19, clasificándolos de la siguiente manera:

Equipos de coordinación:

  • Coordinador(a) General: S/ 50.00 por hora.
  • Coordinador(a) de Gestión de vacuna: S/ 50.00 por hora.
  • Coordinador(a) Gestión de la Información: S/ 31.00 por hora.

Brigada de vacunación:

  • Médico cirujano de Triaje y Control Post Vacunación: S/ 62.50 por hora.
  • Enfermera(o) Vacunador(a): S/ 44.00 por hora.
  • Anotador(a)/ Registrador(a): S/ 31.00 por hora.
  • Digitador(a): S/ 25.00 por hora.

Contratación de enfermeros y digitadores

El presente decreto autoriza además a las unidades ejecutoras del Ministerio de Salud y a las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales que cuenten con centros de vacunación, a contratar profesionales de enfermería, personal de la salud y digitadores, mediante locación de servicios.

Para estas contrataciones, en los meses de setiembre, octubre, noviembre y diciembre del presente año, se ha destinado la suma de 19 millones 968 mil soles.

Los contratos administrativos de servicios que se suscriban en virtud de la presente norma son de naturaleza estrictamente temporal y se celebran a plazo determinado.

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