La ley de retiro de ONP ya fue publicada en El Peruano, sin embargo, los aportantes se ‘dividen’ entre los que podrá retirar la totalidad de sus aportes y otros que retirarán hasta 4 300 soles.
La ley de retiro de ONP ya fue publicada en El Peruano, sin embargo, los aportantes se ‘dividen’ entre los que podrá retirar la totalidad de sus aportes y otros que retirarán hasta 4 300 soles.

El retiro de ya es un hecho para todos sus aportantes, pues en la última semana, el dio luz verde al retiro del dinero de sus afiliados y en los próximos días se conocerá la manera de cómo y cuándo hacerlo.

En esta nota de te explicaremos quiénes puedes acceder al retiro total de la ONP y también, quiénes podrán retirar hasta 4 300 soles tras la aprobación de la ley en el diario oficial El Peruano.

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1. ONP Retiro: Quiénes retirarán el 100% de sus aportes?

Se conoce que a lo largo de los años, muchos aportantes de la ONP no llegan a cumplir con todos los requisitos para tener una pensión fija hasta el final de sus vidas, por ello, en medio de la pandemia del COVID 19 existe la posibilidad de poder retirar el 100% de sus aportes.

Es decir, si un aportante de la ONP llega a los 65 años y no ha cumplido con los requisitos que manda la ley, puede retirar todo su dinero. Cabe mencionar que el cálculo se hará bajo la tasa promedio de interés pasiva en moneda nacional para plazos mayores a un año que publica el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP).

2. ONP Retiro: ¿Quiénes podrán retirar hasta 4 300 soles?

La ley de retiro de ONP tiene dos opciones, el retiro total o el retiro de hasta 4 300 soles. Esta última es para los aportantes activos o inactivos. Dicho monto equivale a una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y se deberá esperar a las indicaciones de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

Cabe mencionar que este retiro es de manera única y excepcional ya que el país se encuentra en medio de un estado de emergencia por el COVID 19.

3. ONP Retiro: ¿Cuánto tiempo tengo para hacer mi retiro?

Los aportantes pueden acogerse a la devolución de sus aportes durante los 90 días hábiles posteriores a la publicación de la misma en el Diario Oficial El Peruano. Todo ello, se reintegrará de la siguiente manera:

  • Hasta el 50% de una UIT en el plazo máximo de 30 días calendario posteriores a la conformidad de la solicitud que otorga la ONP.
  • El saldo restante en el plazo máximo de 90 días calendario posterior al primer desembolso.

La ONP, en el plazo máximo de 30 días hábiles de recibida la solicitud del aportante activo o inactivo, de manera física, presencial o remota, emitirá la conformidad de dicha solicitud. Si no lo hacen se aplicará el silencio administrativo positivo.

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