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Multas electorales: cuánto y cómo pagaré si no voto este 11 de abril

Si no cumples con sufragar en las Elecciones 2021 se estableció un rango de multas de acuerdo a la zona donde vive cada ciudadano.
Los comicios de este 11 de abril se desarrollan en medio de la pandemia de COVID-19, por lo que se establecieron protocolos de bioseguridad. (Foto: ONPE)

Redacción El Bocón

Actualizado el 11/04/2021, 09:51 a.m.

Desde las 7:00 a.m. hasta las 7:00 p.m. de hoy domingo 11 de abril se desarrollan las Elecciones Generales Perú 2021, donde se elegirá al próximo presidente de la República, congresistas e integrantes del Parlamento Andino para los siguientes cinco años, correspondiente al periodo 2021-2026. Debido a que la jornada se realiza en medio de la pandemia de COVID-19 se establecieron protocolos de seguridad con el fin de evitar aglomeraciones.

MÁS INFORMACIÓN: Cuándo podré presentar la justificación o dispensa por no votar y cómo debo hacerlo

Entre las medidas de bioseguridad para los electores, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) estableció el voto escalonado que sugiere a los ciudadanos con mayor grado de vulnerabilidad acudir a primera hora a sufragar, ya que el local de votación estará totalmente desinfectado, luego será un horario que se regirá en base al último digito del DNI.

Pero qué pasa con aquellas personas que por algún motivo no van a votar o peor aún, no cumplen con su función de miembro de mesa, tanto para los elegidos por la ONPE como los que se negaron a reemplazar a un miembro de mesa ausente. A continuación, te detallamos cuáles son las multas establecidas, a cuánto ascienden y cómo debes pagarlas

Los ciudadanos que no emitan su voto o no cumplan con su rol de miembros de mesa serán sancionados con una multa (Foto: Andina)

MULTAS ELECTORALES

Elector omiso

El voto es obligatorio para los ciudadanos peruanos a partir de los 18 años cumplidos el mismo día de la elección. Para los mayores de 70 años el voto es facultativo. En caso no voten se estableció una escala de acuerdo con la zona donde vive.

  • Distrito no pobre: S/ 88
  • Distrito pobre no extremo: S/ 44
  • Distrito pobre extremo: S/ 22

Miembro de mesa omiso

Si fuiste sorteado miembro de mesa (titular o suplente), es tu deber asistir para ejercer esta función. De no hacerlo, deberás pagar una multa por omiso a la instalación de mesa.

  • La multa a pagar es de S/220.

Miembro de mesa y elector omiso

Si no cumples con la función de miembro de mesa y a la vez no votas, tendrás que pagar dos multas: una por omiso a la instalación de la mesa y la otra por omiso al sufragio.

  • El monto a pagar será: S/ 220 + multa de elector omiso según tu distrito
Para quienes no cumplan con su deber en estas elecciones, deberán pagar una multa. (Foto: Andina)

¿CÓMO PAGAR UNA MULTA ELECTORAL?

Debes seguir dos simples pasos para pagar tu multa electoral:

1. Consulta si tienes una multa electoral

Puedes hacerlo desde la siguiente plataforma del Jurado Nacional de Elecciones (https://multas.jne.gob.pe/login), donde podrás ver si cuentas con una multa electoral, la razón de la multa y si se ha iniciado o no un proceso de cobranza.

También puedes averiguarlo en las oficinas del Jurado Nacional de Elecciones o en las mismas agencias del Banco de la Nación.

2. Paga tu multa

Puedes cancelar tu penalización:

  • A través de la plataforma Págalo.pe.
  • En las agencias del Banco de la Nación.
  • En la caja de la oficina del JNE, ubicada en av. Nicolás de Piérola 1070, Cercado de Lima, con tarjeta Visa o efectivo.

Recuerda que el pago de las multas no es personal y cualquiera puede pagar tu deuda, brindando tu número de DNI.

Cabe señalar que, si no pagas tu multa, el JNE puede iniciar un proceso de cobranza coactiva, en donde pueden embargar tus cuentas bancarias.

Los miembros de mesa deben cumplir con funciones específicas este domingo 11 de abril. (Foto: ONPE)

¿CUÁLES SON LAS CONSECUENCIAS DE NO PAGAR MIS MULTAS ELECTORALES?

  • No podrás inscribir cualquier acto relacionado con tu estado civil (matrimonio, divorcio, viudez, etc.).
  • No podrás intervenir en procesos judiciales o administrativos.
  • No podrás realizar actos notariales ni firmar ningún tipo de contrato.
  • No podrás ser nombrado funcionario público.
  • No podrás inscribirte en cualquier programa social y/o obtener brevete.
  • No podrás salir del país.
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