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    martes, 26 de enero de 2021
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    Daniel Urresti: “Hemos presentado 4 proyectos de ley que reforzarán el sistema de seguridad ciudadana y de Justicia”

    Iniciativas fortalecerán la Ley de Crimen Organizado, el Código Penal incorporando el delito de tráfico de bienes de procedencia ilícita, Ley de las Capacidades Institucionales del Sistema Nacional Penitenciario y la Composición de la Corte Suprema de Justicia de la República.

    Actualizado el 30/03/2020 12:03 p.m.

    El Grupo Parlamentario Podemos Perú, presentó recientemente 4 proyectos de ley referidos al sistema de seguridad ciudadana y de Justicia, así lo dio a conocer su portavoz Daniel Urresti Elera, quien explicó cada una de las iniciativas legislativas.

    En cuanto al proyecto de ley que modifica la Ley De Crimen Organizado, busca incorporar dos tipos penales: receptación y usurpación agravada en el catálogo de los delitos previstos en el artículo 3 de la Ley 30007, Ley Contra el Crimen Organizado, asimismo, incorpora una agravante especial prevista en el artículo 22 de la referida ley, si el agente participa en estos delitos siendo integrante de una organización criminal o actúa por encargo, o lidere desde un centro penitenciario.

    “De acuerdo a estudios, se han incrementado robos de dinero, carteras, celulares, estafas, amenazas, intimidación, extorsiones, entre otros. Por ello, con estas iniciativas legales se busca brindar un mejor control en cuanto a seguridad ciudadana y dotar a los operadores del Sistema de Justicia peruano de mejores y eficaces herramientas legales”, dijo.

    Sobre el proyecto de la Composición de los Miembros de la Corte Suprema de Justicia de la República, el legislador detalló que tiene por objeto modificar el artículo 29 del Decreto Legislativo No. 767, Decreto Legislativo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para la composición de la columna vertebral de la Corte Suprema que debe estar conformada por 40 jueces supremos titulares, en aras de optimizar el desarrollo de sus funciones, justificadas en la carga procesal, y así generar una verdadera imagen de celeridad, transparencia y resolución.

    “Según la ley vigente la composición de la Corte Suprema tiene 20 jueces supremos, pero en la práctica, esta organización es absolutamente ficticia porque en uso de la facultad legal de designación de jueces provisionales, los sucesivos Presidentes del Poder Judicial han designado a un total de 49 Jueces Supremos, con este sistema cada Juez Supremo Titular tiene una barrera de Jueces Provisionales, sin embargo, la carga procesal y algunos hechos recientes de corrupción siguen siendo un escollo en la labor judicial, por ello, es necesario un cambio urgente”, explicó.

    Asimismo, sobre el proyecto de ley que incorpora el delito de tráfico de bienes de procedencia ilícita en el Código Penal, el congresista Urresti Elera afirmó que se plantea una modificación para introducir este nuevo delito autónomo con una pena base de 4 a 6 años y hasta 8 años si el delito es sobre bienes de telecomunicaciones o autopartes.

    “Por ejemplo, en el Perú se roban 6 mil celulares diarios y van al mercado negro a nivel nacional, donde se realizan actividades exclusivas de venta de bienes de procedencia delictiva. Esta conducta sistemática hoy no se puede investigar en el marco del lavado de activos, porque la ley de la materia excluye el delito de receptación como delito fuente (porque la receptación no exige que el bien recibido, en todos los casos, se comercialice)”, señaló.

    En tanto, el parlamentario se refirió al Proyecto de Ley de Fortalecimiento de Capacidades Institucionales del Sistema Nacional Penitenciario, “el objetivo es continuar con la carrera especial pública penitenciaria fomentando la meritocracia e institucionalidad. Es evidente la corrupción e inoperancia de algunos directores de penales porque desde ahí se organizan y dirigen muchos actos delictivos. El diseño de contratación de personal CAS para la seguridad de penales no es eficiente ni transparente, el estado invierte en el CENECP pero no todos logran ganar un contrato CAS y se quedan con la inversión del estado”, aseveró.

    Finalmente, fue enfático en resaltar que “la presente norma establece que la seguridad de los establecimientos penitenciarios, estén a cargo de directores de carrera pública especial penitenciaria contratados a través de concurso público, evitando la formación de redes de corrupción al interior de los penales. No pueden ser designados a dedo sin ningún requerimiento técnico”, concluyó.

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