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COVID-19: No es requisito obligatorio presentar carné de vacunación para ingresar al Perú, informa el Minsa

Las personas que ingresen a territorio peruano deben contar con una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen.
Aquellas personas que muestren síntomas al ingresar a territorio nacional serán puesto en aislamiento obligatorio. Foto: GEC

Actualizado el 20/09/2021, 07:49 a.m.

El Ministerio de Salud (Minsa) informó que la presentación del carné de vacunación contra el coronavirus (COVID-19) no es requisito obligatorio para ingresar al Perú.

“Los peruanos, extranjeros residentes, y extranjeros no residentes cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben contar con una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen y sin carácter obligatorio la presentación del carné de vacunación del país donde se vacunó”, informó la entidad en un comunicado.

Carné de vacunación

En otro comunicado, el Minsa indicó que desde hoy, lunes 20 de setiembre, a las personas mayores de 18 años, procedentes de países con coberturas de vacunación superiores al 70% de su población, se les solicitará certificar su vacunación contra el COVID-19.

Además, aquellas personas que muestren síntomas al ingresar a territorio nacional serán puestos en aislamiento obligatorio, en concordancia con las regulaciones sobre la materia.

Sobre la restricción

Según el Decreto Supremo 152-2021-PCM, publicada el último viernes, la medida comprende que los peruanos, extranjeros residentes, y extranjeros no residentes cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben contar con una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen.

Además, estos tendrán que haber completado las respectivas dosis de vacunas según las exigencias del país donde se vacunó. “Aquellas personas que muestren síntomas al ingresar a territorio nacional ingresan a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia”, precisa la norma.


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