El gobierno del presidente Martín Vizcarra decidió ampliar el estado de emergencia nacional a partir del miércoles 1 de julio hasta el viernes 31 de julio, debido al COVID-19. (Foto: Lino Chipana / El Comercio)
El gobierno del presidente Martín Vizcarra decidió ampliar el estado de emergencia nacional a partir del miércoles 1 de julio hasta el viernes 31 de julio, debido al COVID-19. (Foto: Lino Chipana / El Comercio)

El gobierno del presidente Martín Vizcarra dispuso que desde este 1 de julio, la inmovilización social obligatoria, conocido como toque de queda, será desde las 10:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. en Lima y otras ciudades en casi todo el país.

De acuerdo con el , el toque de queda será de lunes a domingo a nivel nacional. Sin embargo, en las regiones de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash la medida se mantendrá desde las 8:00 p.m. hasta las 4:00 p.m. y los domingos será todo el día.

Durante la inmovilización social, se exceptúa el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas.

También, se exceptúa al personal de limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, y transporte de carga y mercancías y actividades conexas, actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas, transporte de caudales, esto último según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

Durante la inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias, droguerías y boticas puedan brindar atención de acuerdo a la norma de la materia.

En tanto, el personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su DNI para fines de identificación. La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.

También se permite el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y la adquisición de medicamentos, sin restricciones por la inmovilización social obligatoria.

El Ejecutivo decidió ampliar el estado de emergencia nacional a partir del miércoles 1 de julio hasta el viernes 31 de julio, debido a las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19.

Según el mencionado decreto, el Ejecutivo decidió establecer una cuarentena focalizada en Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash. En dichas regiones, los ciudadanos podrán desplazarse únicamente para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de las actividades económicas que están autorizadas.