Este lunes 29 de junio es feriado por ser el Día de San Pedro y San Pablo, por lo que si perteneces a una empresa de sector privado puede que recibas el doble o hasta el triple de tu remuneración. Conoce aquí cuánto debes recibir por trabajar en feriado de acuerdo a ciertas condiciones que deben cumplirse.

Si trabajas HOY 29 de junio

Si trabajas en el sector privado y te toca laborar este 29 de junio, sin descanso sustitutorio posterior, debes recibir el triple de tu remuneración diaria: Uno por ser feriado, el otro por el día que laboras y una tercera por haber trabajado en día feriado sin descanso sustitutorio.

Trabajo en feriado con descanso sustitutorio

Si trabajas este 29 de junio, pero luego tendrás un descanso sustitutorio, recibirás el doble de tu remuneración.

Trabajo remoto

Si vienes realizando el conocido teletrabajo (desde tu casa) y no te toca trabajar este 29 de junio, recibes tu remuneración diaria. Si trabajas sin descanso sustitutorio, deberás recibir el triple de la remuneración.

Trabajadores con licencia remunerada, compensable

Si te encuentras con licencia remunerada compensable, deberás recibir en tu boleta de pago el importe del 29 de junio sin haber laborado. Este feriado es pagado íntegramente.

Empresa autorizada a reiniciar actividades

Si perteneces a una empresa autorizada a reiniciar actividades, no acudes al centro laboral y recibirás tu remuneración por el día feriado.

Trabajadores con descanso médico

Si tienes descanso médico y coincide con los primeros 20 días de descanso en el 2020, deberán pagarte tu feriado. Si el descanso es a partir del día 21, el empleador paga el feriado, no como remuneración sino como subsidios, que son reembolsados por el EsSalud.

Trabajadores que tienen COVID-19

Si tienes descanso médico por Coronavirus y estás dentro de los primeros 20 días de descanso en el 2020, recibes subsidios reembolsados por EsSalud.

Descanso semanal que coincide con el feriado

Si descansas HOY 29 de junio, recibes doble remuneración, por descanso semanal y por feriado.

Trabajadores en vacaciones

Si te encuentras de vacaciones, no deberás recibir una remuneración extra por ser feriado.

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