El voto en Ecuador es obligatorio y quienes no vayan a sufragar deberán presentar una justificación válida, caso contrario deberán pagar una multa. Lo mismo aplica para los miemrbos de las JRV.
El voto en Ecuador es obligatorio y quienes no vayan a sufragar deberán presentar una justificación válida, caso contrario deberán pagar una multa. Lo mismo aplica para los miemrbos de las JRV.

Hoy se llevarán a cabo las para elegir al próximo presidente, asambleístas y representantes del Parlamento Andino. Si bien estos comicios son distintos a los desarrollados en años anteriores por la pandemia a causa del coronavirus, las recomendaciones de máxima seguridad para evitar mayores contagios al momento de ir a sufragar son cada vez más intensos.

Debido a que el voto es obligatorio, quienes no vayan a las urnas deberán contar con una justificación válida o caso contrario pagarán una multa. En el caso que una persona tenga COVID-19 o alguna enfermedad que le impida ir a sufragar tendrá que presentar un certificado del Ministerio de Salud Pública (MSP) o del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), o también de un médico privado, que sea validado por la red de salud del Estado.

La misma justificación en cuanto a síntomas del coronavirus o alguna otra dolencia aplica para los miembros de las Juntas Receptoras del Voto (JRV) que no puedan presentarse el día de las elecciones a la mesa electoral que les asignaron.

Una mujer emite su voto durante la segunda vuelta de las elecciones presidenciales, en Guayaquil, el 2 de abril de 2017. (Foto: Juan Cevallos / AFP)
Una mujer emite su voto durante la segunda vuelta de las elecciones presidenciales, en Guayaquil, el 2 de abril de 2017. (Foto: Juan Cevallos / AFP)

MULTAS ELECTORALES

Ciudadanos

a) Rechaza integrar JRV

Para cada JRV se han designado cinco miembros titulares y otros cinco suplentes; es decir, si algún titular no está presente, deberá reemplazarlo su suplente. Pero ¿qué pasa si faltan miembros para aperturar la mesa? Tomando en cuenta que una junta deberá funcionar como mínimo con tres integrantes, en el caso de que se presente esta situación, la ley es clara.

El artículo 47 del Código de la Democracia señala que si ha pasado media hora desde la hora de instalación; es decir, son las 07:30 a.m., se podrá escoger alguno de los votantes para integrar la JRV.

Los ciudadanos que decidan no integrar las JRV por falta de uno de sus miembros tendrán una sanción del 15% del SBU; es decir, USD 60.

b) No ir a votar

Los ciudadanos que no vayan a las urnas deberán presentar una justificación o caso contrario serán multados con USD 40, equivalente al 10% del Salario Básico Unificado de USD 400.

Miembros de la JRV que no cumplan su función

a) No asiste a las capacitaciones

Si la persona es miembro de una JRV y no asiste a las capacitaciones tendrá que pagar una multa de USD 40.

b) No acude el día de las elecciones

Si esa misma persona no acude el día de las elecciones a su mesa tendrá que pagar USD 60 adicionales.

c) No votar

Si tampoco vota, deberá pagar otros USD 40.

  • En resumen, con las multas son acumulativas, al final el miembro de la JRV deberá pagar un monto total de USD 140.

d) Abandono de una JRV

En el caso de que un miembro de una Junta Receptora del Voto abandone su cargo el día de las elecciones, la sanción es más rígida por ser una infracción grave.

De acuerdo con el artículo 278 del Código de la Democracia: “Las infracciones electorales graves serán sancionadas con multas desde once salarios básicos unificados hasta veinte salarios básicos unificados, destitución y/o suspensión de derechos de participación desde seis meses hasta dos años”. Es decir, el infractor podría pagar una multa que va desde los USD 4.400 hasta los USD 8.000.

Mujeres hacen cola en un colegio electoral en Guayaquil, Ecuador, el 19 de febrero de 2017 durante las elecciones generales. (Foto: Marcos Pin Méndez / AFP)
Mujeres hacen cola en un colegio electoral en Guayaquil, Ecuador, el 19 de febrero de 2017 durante las elecciones generales. (Foto: Marcos Pin Méndez / AFP)

¿DÓNDE ME TOCA VOTAR?

Para saber dónde te tocará votar debes seguir los siguientes pasos:

De inmediato aparecerá toda la información que necesita: si está habilitado o no para sufragar en las Elecciones 2021. En el caso se encuentre facultado, el sistema le muestra los datos de la provincia, cantón, parroquia, zona, junta, recinto electoral y la dirección.

AVERIGUA SI ERES MIEMBRO DE LA JRV

En el mismo link que se abrirá para consultar tu local de votación, podrás ver si fuiste elegido miembro de las Juntas Receptoras del Voto (JRV).

Si fuiste seleccionado deberás capacitarte de forma virtual o presencial. Esto es muy importante porque quienes resulten elegidos miembros deberá supervisar el proceso de elecciones y realizar el escrutinio.

¿Me notificarán si soy miembros de la JRV?

El Consejo Nacional Electoral informó que las notificaciones se realizan por varias vías y al igual que en procesos anteriores, los ciudadanos elegidos podrán informarse:

  • Por correo electrónico.
  • Por mensajes de texto.
  • Por la planilla de energía eléctrica.
  • Por medios impresos de circulación masiva.
  • Por la misma página web del CNE.

¿QUÉ HACER SI FUI ELEGIDO MIEMBRO DE LA JRV?

El día de las elecciones deberás presentarte antes de las 07:00 de la mañana, hora establecida por ley como inicio de las votaciones. Una vez ahí tendrás que armar las urnas, revisar el material e instalarte para recibir a los votantes.

Cada Junta Receptora del Voto estará conformada por cinco vocales principales, cada uno con sus respectivos suplentes. Todos – tanto titulares como suplentes – deberán ingresar en la mañana del día de las elecciones.

Los miembros de las JRV se encargarán de la primera parte del escrutinio, que comienza a las 17:00 horas; además, por esta labor se les asignó un pago de USD 10.

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