• Las empresas del sector privado están obligadas a pagar la gratificación por Navidad a sus trabajadores en el mes de diciembre
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    Las empresas del sector privado están obligadas a pagar la gratificación por Navidad a sus trabajadores en el mes de diciembre

  • En primer lugar, debes tomar en cuenta cuál es tu remuneración básica. En el caso de tener 6 meses en tu empleo, te corresponde un sueldo completo más la asignación familiar.
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    En primer lugar, debes tomar en cuenta cuál es tu remuneración básica. En el caso de tener 6 meses en tu empleo, te corresponde un sueldo completo más la asignación familiar.

  • Si tu remuneración bruta es 1500 soles + 200 soles de asignación familiar, tu gratificación computable será de 1700 soles.
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    Si tu remuneración bruta es 1500 soles + 200 soles de asignación familiar, tu gratificación computable será de 1700 soles.

  • Fórmula para trabajadores que no laboraron el semestre completo
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    Fórmula para trabajadores que no laboraron el semestre completo

  • La gratificación para esta persona sería S/ 1.400 entre 4 meses = S/ 350 + EsSalud (S/ 126). Su gratificación sería 476 soles.
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    La gratificación para esta persona sería S/ 1.400 entre 4 meses = S/ 350 + EsSalud (S/ 126). Su gratificación sería 476 soles.

  • La ley 27735 señala que reciben gratificación los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada; es decir, aquellos que se rigen por el Decreto Legislativo 728.
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    La ley 27735 señala que reciben gratificación los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada; es decir, aquellos que se rigen por el Decreto Legislativo 728.

La es un derecho que todo trabajador del sector público debe recibir este martes 15 de diciembre como fecha límite, según la ley 27735. Revisa aquí cómo debes calcular lo que te corresponde según el tiempo que vengas laborando en tu empresa.

Cálculo de la gratificación de diciembre 2020

En primer lugar, debes tomar en cuenta cuál es tu remuneración básica. En el caso de tener 6 meses en tu empleo, te corresponde un sueldo completo más la asignación familiar.

Si no trabajaste el semestre completo (de julio a diciembre) solo recibirás una parte del monto total, en proporción a los meses laborados.

Aquí tienes un ejemplo claro:

  • Si tu remuneración bruta es 1500 soles + 200 soles de asignación familiar, tu gratificación computable será de 1700 soles. Además, se recibe un 9% más correspondiente al aporte de EsSalud; y en el caso de estar afiliado a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), la bonificación es de 6,75%.
  • Si estás afiliado a EsSalud: 1700 + 9%(153) = 1853.
  • Si estás afiliado a una EPS: 1700 + 6,75% (114.75) = 1814.75.

Fórmula para trabajadores que no laboraron el semestre completo

Ahora, si eres un trabajador que no ha laborado el segundo semestre completo, debes calcular tu gratificación de la siguiente manera: divide el sueldo entre los meses trabajados y adiciona el porcentaje de EsSalud o EPS.

  • Por ejemplo, si un empleado entró a trabajar el 10 de julio y gana 1.400 mensuales, los meses contados serán agosto, septiembre, octubre y noviembre. La gratificación para esta persona sería S/ 1.400 entre 4 meses = S/ 350 + EsSalud (S/ 126). Su gratificación sería 476 soles.
  • Todo esto es conforme al Decreto Supremo 017-2002-TR, donde también se especifica que los trabajadores que hayan incurrido en inasistencia no justificada, la empresa le descontará de su gratificación un treintavo del sexto a percibir por ese mes incompleto trabajado, así como si ingresa o cesa en el transcurso del mes.

Quiénes recibirán la gratificación (Ley de gratificaciones)

La ley 27735 señala que reciben gratificación los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada; es decir, aquellos que se rigen por el Decreto Legislativo 728. Este beneficio laboral alcanza a cualquier modalidad de contratación laboral (temporal o indeterminado) y no hay excepciones por el tiempo de prestación de servicios.

También tienen derecho a este pago especial los colaboradores que estén de vacaciones, de licencia por maternidad, descanso médico por enfermedad o accidente y quienes tengan permiso con goce de remuneraciones.

¿Cuándo se paga la gratificación diciembre 2020?

Según lo establecido por la ley, el pago de la segunda gratificación del año se realiza durante la primera quincena de diciembre. El plazo máximo para que las empresas del sector privado depositen la gratificación diciembre 2020 es el martes 15 de diciembre.

¿CON EL SUELDO DE QUÉ MES SE CALCULA LA GRATIFICACIÓN?

Para calcular el monto de gratificación que recibirá un empleado, éste deberá determinarse en base al sueldo que recibió el 30 de noviembre (remuneración computable), así lo dio a conocer el abogado laboralista César Puntriano a El Peruano.

Tomando en cuenta esto, la gratificación equivaldrá a una remuneración íntegra si el trabajador laboró todo el semestre, de julio a diciembre, y se reducirá proporcionalmente en su monto si el tiempo de servicios es menor, debiendo tenerse en cuenta para su cálculo los meses y días laborados en dicho periodo.

Y SI ME CESARON ¿CUÁNTO DE GRATIFICACIÓN RECIBIRÉ?

Si el trabajador cesó durante alguno de los meses del segundo semestre del año, percibirá una gratificación, pero no será completa, ya que por cada mes íntegro laborado recibirá 1/6 de remuneración computable.

Qué pasa si me sueldo fue reducido

En el caso de que hayas tenido una rebaja remunerativa, la cual debió darse previo acuerdo, el pago de tu gratificación variará. “Si dicho pacto entró en rigor en forma previa al 30 de noviembre, la gratificación se calculará con el nuevo monto reducido”, señaló Puntriano.

Asimismo, precisó que si el pacto de la reducción de tu sueldo luego de la fecha en mención, la gratificación deberá calcularse con la remuneración previa a la reducción.

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